PLAN MOVALT INFRAESTRUCTURAS DE RECARGA VEHÍCULOS ELÉCTRICOS

MOVALT, 15.000.000 de euros para apoyar la instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos.

 

Las principales características del plan de ayudas MOVALT son las siguientes:

  • La inversión en infraestructura de recarga incentiva un mayor crecimiento del número de vehículos eléctricos en detrimento de los vehículos convencionales. Se estima un ahorro unitario de 0,85 tep/año por vehículo convencional sustituido de más de 10 años.
  • Serán objeto de ayuda los sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos, tanto en la modalidad de adquisición directa como de operaciones de financiación por renting. A modo orientativo, se podrá desplegar una infraestructura de recarga para los siguientes usos:
  1. Uso público en sector no residencial (aparcamientos públicos, hoteles, centros comerciales, universidades, hospitales, polígonos industriales, centros deportivos, etc.)
  2. Uso privado y/o público en zonas de estacionamiento de empresas privadas y públicas, para dar servicio a su trabajadores, clientes y a su propia flota.
  3. Uso público en vía pública, ejes viarios urbanos e interurbanos y empresas.
  4. Uso público en red de carreteras.

 

Las ayudas se entregarán bajo la modalidad de entrega dineraria sin contraprestación, con  una  cuantía equivalente al 60% de la inversión elegible (IVA o IGIC no incluido ) en el caso de entidades públicas que  no desarrollen ningún tipo de actividad comercial o mercantil  y Pequeñas Empresas y un 40% de la inversión elegible (IVA o IGIC no incluido) para el resto de empresas.

 

Las características técnicas que deberán tener las infraestructuras de recarga para vehículos eléctricos ( puntos de recarga ):

  • Cumplir con la ITC-BT-52, disponer de un nivel de comunicación entre vehículo y estación de recarga en  Modo 3 o Modo 4, protocolo de comunicación OCPP en los casos de recarga pública, y cumplir con los estándares de seguridad que le sean aplicables.
  • Dependiendo del tipo de recarga, además deberá tener las siguientes características:
  1. Punto de recarga convencional: Potencia igual o superior a 7 kW, e inferior a 15 kW
  2. Punto de carga semirrápida (en corriente alterna o continua): Potencia igual o superior a 15 kW, e inferior a 40 kW. En corriente alterna, dotado de, al menos, un conector AC  Tipo 2 (Menekes) y en corriente continua, dotado al menos del CCS (Combo) según se define en el estándar IEC 62196
  3. Punto de carga rápida: Potencia igual o superior a 40 kW e inferior a 100 kW. Podrá estar dotado simultáneamente de los siguientes conectores según se define en el estándar IEC 62196: CCS (Combo), CHAdeMO y corriente alterna, siendo únicamente obligatorio el disponer del estándar europeo.
  4. Punto de carga ultra rápida: Potencia igual o superior a 100 kW. Podrá estar dotado simultáneamente de los siguientes conectores según se define en el estándar IEC 62196: CCS (Combo), CHAdeMO y corriente alterna siendo únicamente obligatorio el disponer del estándar europeo.

 

Las instalaciones de infraestructuras de recarga para vehículos eléctricos ( IRVE, Puntos de recarga ) serán elegibles siempre que se realicen con posterioridad a la fecha  de presentación de la solicitud de ayuda.

Aclaración para entidades públicas: el inicio de las operaciones vendrá determinado por la aprobación de los pliegos de contratación.

Para empresas privadas vendrá determinado por la firma de contrato.

 

El calendario de las ayudas.

Plazo de presentación de solicitudes: Desde la activación del sistema telemático de gestión de ayudas, que será convenientemente notificada en fecha y hora por el IDAE  a través de la página web del mismo y de la sede electrónica del IDAE  y hasta el 31 de diciembre de 2018, fecha de finalización de la vigencia de la convocatoria de ayudas.

 

 

 

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